READMISIÓN DE TRABAJADOR INTERINO POR ABUSO DE TEMPORALIDAD SEGÚN TJUE.

READMISIÓN DE TRABAJADOR INTERINO POR ABUSO DE TEMPORALIDAD SEGÚN TJUE.

FALLOS JUDICIALES CONTRA EL ABUSO DE LA TEMPORALIDAD EN CONTRATOS DE TRABAJO BASADOS EN LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA.

Esta semana dos sentencias del TSJ del País Vasco obligan al Ayuntamiento de Vitoria y a Osakidetza (Servicio Vasco de Salud) a readmitir como indefinidaS no fijaS a dos trabajadoras por abuso de la temporalidad basado en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

La primera sentencia de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJPV obliga al Ayuntamiento de Vitoria a readmitir como indefinida no fija a una trabajadora temporal que enlazó diferentes contratos durante dieciocho años (1995 - 2013) al considerar que se ha utilizado una contratación de duración determinada para cubrir un servicio de carácter indefinido.
El fallo, que se fundamenta en una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE dictada el pasado 14 de septiembre, considera que la contratación ha sido abusiva y contraria a derecho y dicta que la trabajadora debe continuar como indefinida no fija hasta que la plaza se cubra reglamentariamente o se amortice, o el Ayuntamiento decida convertir el puesto en estructural.
En caso de que, finalmente, el Ayuntamiento opte por amortizar la plaza y sea necesario el cese de esta persona, tendrá que indemnizarle.
Por otro lado, el TSJ del País Vasco estima el recurso de apelación interpuesto por una trabajadora eventual contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 6 de Bilbao y anula el cese de la empleada, al tiempo que condena al Servicio Vasco de Salud a considerar "a todos los efectos como indefinida no fija" la relación de servicios que les vincula desde el 2 de febrero de 2010
En este caso, la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha confirmado mediante sentencia la condena a Osakidetza (servicio vasco de salud) por "abuso" en la contratación temporal y asume, de esta forma y por segunda vez en la misma semana, la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del 14 de septiembre de 2016, que obliga a poner "límites" a esta práctica.
Concretamente, el Tribunal estima el recurso de apelación interpuesto por una trabajadora eventual contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 6 de Bilbao y anula el cese de la empleada, al tiempo que condena al Servicio Vasco de Salud a considerar "a todos los efectos como indefinida no fija" la relación de servicios que les vincula desde el 2 de febrero de 2010.
En su resolución, el TSJPV establece que se "anule la extinción" y se considere "la relación como indefinida no fija, por tanto, prolongada la misma en el tiempo hasta la cobertura reglamentaria de la plaza".
El TSJPV indica que "la apelante continuará vinculada" a Osakidetza "como personal indefinido no fijo, hasta que la plaza se cubra reglamentariamente o se amortice o se analice por la demandada la procedencia o no de convertir la plaza temporal en estructural y decidida su amortización definitiva o creación y cobertura reglamentaria".
En esta línea, en el supuesto de ser necesario su cese y éste sea justificado, la empleadas percibirían la indemnización establecida por el TJUE de mantenerse las circunstancias legales actuales. En este sentido, recuerda que ésta fue nombrada "sin atender a los límites objetivos que configuran el nombramiento de naturaleza temporal".
El Servicio Vasco de Salud tendrá que indemnizar a la demandante con más de tres años de salarios dejados de percibir por ésta, declarar a esta persona interina hasta cobertura reglamentaria del puesto y crear un puesto estructural.

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